miércoles, 8 de diciembre de 2010

25 AÑOS DE LA SENTENCIA CONTRA LAS JUNTAS MILITARES

 El 9 de diciembre de 1985 se dictó la sentencia condenando a Jorge Rafael Videla y Eduardo Massera a reclusión perpetua, a Roberto Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión. 
Los acusados Omar Graffigna, Leopoldo Galtieri, Jorge Isaac Amaya, y Basilio Lami Dozo no fueron condenados por no haberse podido probar los delitos que se les imputaban.
La sentencia fue leída por Leon Arslanian en su condición de presidente de la Cámara Federal. Fundamentalmente el fallo reconoció que las juntas diseñaron e implementaron un plan criminal y rechazó la ley de amnistía sancionada por el último gobierno militar. Señala también que cada fuerza actuó autónomamente y que las penas deben ser graduadas en función de ello. Finalmente, concluyó que la fiscalía no pudo probar que, con posterioridad a 1980 se hubieran cometido crímenes que pudieran ser responsabilidad de la junta militar, exculpando así a la tercera junta (Galtieri-Amaya-Lami Dozo). No obstante los miembros de la última junta y el último presidente fueron procesados por la redacción del llamado Documento Final sobre la Lucha contra la Subversión y el Terrorismo, y la sanción de una ley de autoamnistía. La razón jurídica utilizada para abrir este juicio fue que con ese fuè un acto de encubrimiento.

En uno de los párrafos de la extensa sentencia puede leerse:
En suma puede afirmarse que los comandantes establecieron secretamente, un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las   Fuerzas Armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió, por fin, una gran libertad para apreciar el destino final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física.


Por las características que tuvo, la condena a las juntas militares realizada por un gobierno democrático constituyó un hecho sin precedentes en el mundo, que contrastó fuertemente con las transiciones negociadas que tuvieron lugar en aquellos años en Uruguay, Chile, Brasil, España, Portugal y Sudáfrica.



Fuente: Wikipedia

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